9032010, de 9 de julio, de evaluaci贸n y gesti贸n de riesgos de inundaci贸n. Culminada su elaboraci贸n, en cumplimiento del procedimiento previsto en el art铆culo 10.2 del citado real decreto, en el que se establece que los Mapas de Peligrosidad y de Riesgo de Inundaci贸n se someter谩n a consulta p煤blica durante un plazo m铆nimo de tres meses
1 [1-(1/T)]N. De forma que, de acuerdo con la tabla siguiente, una zona afectada por la inundaci贸n de un periodo de retorno de 50 a帽os tiene una probabilidad del 39,7% de verse inundada en un periodo de 25 a帽os consecutivos y de un 63,6 % de inundarse en 50 a帽os consecutivos. Periodo de retorno (a帽os) 50. A帽os consecutivos.
Actualmenteprepar谩ndose nuevos contratos de servicios para la delimitaci贸n del dominio p煤blico hidr谩ulico y las zonas inundables y la actualizaci贸n de los mapas de peligrosidad y riesgo de inundaci贸n del segundo ciclo de la Directiva 2007/60 de Evaluaci贸n y Gesti贸n de Riesgo de Inundaci贸n en todas las Demarcaciones Hidrogr谩ficas.
Enel 谩mbito europeo, ha sido objeto de desarrollo espec铆fico mediante la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluaci贸n y gesti贸n de los riesgos de inundaci贸n, incorporada al ordenamiento jur铆dico espa帽ol a trav茅s del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluaci贸n y gesti贸n de
Disposicionesgenerales. Art铆culo 1. Objeto. El presente real decreto regula los procedimientos para realizar la evaluaci贸n preliminar del riesgo de inundaci贸n, los mapas de peligrosidad y riesgo y los planes de gesti贸n de los riesgos de inundaci贸n en todo el territorio espa帽ol.
. 472 337 420 162 57 234 348 412
mapas de peligrosidad y de riesgo de inundaci贸n en andaluc铆a